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  • Liquidación, la otra cara de la moneda

    Redacción Quito

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    El año pasado 239 compañías fueron disueltas, 10 279 fueron liquidadas y 1 811 fueron canceladas, según datos de la Superintendencia de Compañías.

    Disolver, liquidar y cancelar una compañía es un proceso que toma su tiempo. Y los socios o fundadores de una empresa deben estar conscientes de las obligaciones que requiere su emprendimiento.

    El recorrido de una empresa inicia con la constitución. Continúa con el desarrollo de la actividad para la que fue creada y termina, cuando es el caso, con la cancelación de la compañía. Tanto la constitución como la cancelación se dan en el Registro Mercantil, según explican especialistas en derecho societario.

    Para llegar a la cancelación existe un tramo que incluye, previamente, la disolución y la liquidación. En estos dos puntos aún es posible recuperar la empresa, pero cuando se inscribe la cancelación en el Registro Mercantil, “la empresa muere”, en palabras de expertos en derecho societario.

    Dorys Alvarado, Intendenta Nacional de Compañías, explica que existen varias causales de disolución: no presentar balances por dos años consecutivos, cuando las pérdidas superen el 60% del capital más las reservas o cuando se incumple la normativa legal.

    Igual la empresa puede reactivarse, siguiendo una serie de procesos legales.

    Miguel Ángel Puente, abogado experto en temas societarios, señala que existen distintas causales de disolución: de pleno derecho, por voluntad de los accionistas, por decisión de la Superintendencia de Compañías y por sentencia ejecutoriada.

    De pleno derecho es, por ejemplo, cuando vence el plazo de funcionamiento. “Si se constituyó por 50 años y no hay una prórroga del plazo social hay una causal de disolución. O si se necesita mínimo dos socios y solo tiene uno”.

    La voluntad de los socios es cuando los accionistas dan por terminado el negocio o la empresa y la liquidan.

    El tercer causal llega cuando por ejemplo la empresa entra a un proceso de intervención y no se facilitó el trabajo del organismo de control, es decir de la Superintendencia de Compañías.

    Y por sentencia ejecutoriada se entiende cuando un juez determina que se disponga la disolución de la compañía.

    Puente explica que la disolución es el acto en el que jurídicamente una compañía entra en un proceso que tiene una segunda parte: la liquidación.

    Este punto es un proceso que toma tiempo. Implica varios actos jurídicos como vender activos, para pagar a trabajadores o proveedores. Luego se determina si existe un acervo distribuible entre los accionistas o si hubo más deudas que activos; en ese caso se encuentra ante una carencia de patrimonio, sin nada que repartir.

    Después de todos estos y otros actos jurídicos se cancela la compañía y deja de existir jurídicamente. Ese acto se inscribe en el Registro Mercantil y viene a ser como el acta de defunción de la compañía.

    Puente indica que existe una cancelación por proceso abreviado. Se puede usar esta figura cuando una compañía no tiene deudas y está al día en sus pagos pero sus accionistas deciden parar el negocio. “Se puede resolver los tres pasos disolución, liquidación y cancelación en un solo acto. Pero para eso hay que presentar certificados de que no se tiene deudas”.

    ¿Es posible que una empresa se reactive en medio de todos estos procesos? Puente explica que Una vez cancelada la empresa deja de existir. Sin embargo, sí se puede reactivar una compañía cuando ésta se encuentra en proceso de liquidación.

    Para eso, dice este abogado, se tiene que revertir la causal de disolución. Por ejemplo, si no ha presentado balances, la compañía en cuestión deberá presentar los balances. Otro causal de liquidación es cuando las pérdidas superen el 60% del capital más las reservas. Para reactivarse, los socios de la compañía deberán realizar un aumento de capital.

    Ciertas  oficinas de la Superintendencia de Compañías atienden desde la semana pasada. En la foto, el centro de atención al usuario en Guayaquil. Foto: Cortesía
    Ciertas oficinas de la Superintendencia de Compañías atienden desde la semana pasada. En la foto, el centro de atención al usuario en Guayaquil. Foto: Cortesía