La pérdida de empleos en el sector turístico durante la pandemia alcanza al 25% de la fuerza laboral de esta industria en el Ecuador, según datos del Ministerio del Trabajo. Esto representa unas 40 000 personas desempleadas.
A su vez, sus niveles de facturación, especialmente en la rama hotelera, se ha reducido a una décima parte de sus ventas regulares.
Ante el complejo panorama, el Comité Empresarial Ecuatoriano (CEE) exhorta a la aplicación de políticas públicas específicas, que permitan a esta industria aliviar en alguna medida el impacto económico de la emergencia sanitaria.
El gremio sugiere que se considere la exoneración en la contribución de ciertos tributos, como los prediales, patentes y permisos de funcionamiento, de tipo municipal; al igual que otros en el ámbito nacional.
Adicionalmente, que se considere el diferimiento de obligaciones patronales con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), mientras se recuperan los niveles de facturación. Así como facilitar líneas de crédito con plazos de gracia, acordes con la crisis actual.
“Algunas de estas opciones se han venido analizando con el propio sector y están sobre la mesa de discusión en el marco del diálogo público-privado. Urge la toma de decisiones que detengan y eviten la sucesión de más quiebras de negocios”, subraya el Comité en un comunicado.
Imagen referencial. El gremio sugiere que se considere la exoneración en la contribución de ciertos tributos, como los prediales, patentes y permisos de funcionamiento, de tipo municipal. Foto: José Luis Rosales / LÍDERES
Pablo Villegas,abogado asociado senior de Solines & Asociados, y experto en temas tributarios, analiza las tendencias globales en la materia y cómo la ley de simplificación tributaria está conectada a cambios internacionales. Dice que la economía digital es un reto.
¿Hacia dónde está caminando el Ecuador en materia tributaria, más ahora que se viene la Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria? A escala mundial se están discutiendo varios temas y creo que el Ecuador está intentando subirse a esas tendencias. Hay un pedido de la OCDE y del G20 para que los países vayan modernizando su normativa tributaria. Además se viene un tema que nos va a afectar a todos: la economía digital. Esta impactará a países grandes y pequeños, por la OCDE pidió que se inserten normas en las respectivas legislaciones nacionales tributarias para que se pueda regular el tema de manera uniforme. Ya no es como antes cuando un país podía tener las normas que consideraba, sin pensar en el resto. Ahora todo está conectado.
Usted detalla lo que sucede a escala global. ¿Qué pasa dentro del Ecuador? ¿La ley de Simplificación Tributaria está acorde con esas tendencias?
En el proyecto de ley existen algunos aspectos que están conectados con la tendencia. El primero, que ya mencionamos, es el de la economía digital que implica el IVA en servicios digitales. Otro elemento es el de los dividendos; a escala mundial se considera adecuado que al distribuir dividendos se haga una retención del impuesto a la renta al inversionista extranjero. A escala mundial el porcentaje de retención es pequeño y hoy solo son cuatro países los que no tienen esa retención del impuesto a la renta por distribución de dividendos (Colombia, Brasil, Venezuela y Ecuador) y le consideran exento.
¿Qué impacto tiene esta exención?
A escala mundial se pueden crear esquemas de elusión. Por ejemplo, si Ecuador decide que esas rentas van a estar exentas y en otro país se decide igual, habrá alguien que no pagará en ninguno de esos dos países y eso no es correcto. Lo correcto es que se pague en uno de los dos países. Es tan grave que se pague dos veces como que no se pague. Por eso hay convenios para evitar la doble imposición.
¿Hay otro punto de las tendencias globales tributarias al que debamos prestar atención?
Otro tema polémico es el de la reducción de intereses. Hoy se está cambiando el esquema de lo que conocíamos como subcapitalización, en el sentido de que una empresa que reside en Ecuador pide un préstamo a su relacionada en otro país; en pocas palabras se buscaba que la empresa tenga capacidad de endeudamiento. En la actualidad hay un esquema distinto y se introduce una norma bastante fuerte con el plan de acción BEPS (Ndlr: un proyecto de la OCDE que destaca la importancia de integración de las políticas fiscales internacionales). Allí entra la deducción de intereses y se propone un cambio en el tema. ¿Por qué? Porque hay esquemas de elusión en pagos de intereses entre empresas interesadas.
Pablo Villegas, abogado asociado senior de Solines & Asociados, y experto en temas tributarios. Foto: Vicente Costales / LÍDERES
Estos planes que se proponen desde organismos como la OCDE tienen un efecto global. ¿Qué tan abierto está el país para aprender y aplicar estos conceptos? Ecuador no es un país OCDE. Esas tendencias están pensadas específicamente en esos países desarrollados, por lo tanto debemos analizar qué conviene y qué no. No es fácil oponerse a todo y aceptar todo. Hay experiencias en la región: Colombia es proclive a aceptar el plan de acción BEPS. Ecuador ha aceptado lo que le conviene y hemos aprovechado en temas como deducción de intereses. Se usa lo que conviene.
¿Ahora qué viene para el país en el 2020 con la ley tributaria en camino?
En la reforma hay plazos para cumplir estas tendencias y uno de los prioritarios es el de distribución de dividendos. Esa norma es tan fuerte que entrará en vigencia apenas se publique en el Registro Oficial. Normalmente hablamos del impuesto a la renta de carácter anual, pero olvidamos que realmente tenemos tres ‘sistemas’ de impuesto a la renta en el país: impuesto a la renta de sociedades, el de personas naturales, más un impuesto a la renta del no residente. Ese no residente no presenta declaraciones en el país y la empresa que lo contrata paga y hace las retenciones, por lo tanto son reglas distintas. Pocos se dan cuenta de lo grave que es reformar el impuesto a la renta de no residentes en Ecuador.
¿Y cuál será el impacto?
Esta tendencia de retener el impuesto a la renta en la distribución de dividendos es a escala internacional. Debemos tomar en cuenta otra cuestión: ¿por qué en Ecuador se ha exonerado a esos dividendos? Es porque tenemos el 15% de repartición de utilidades. Así de 100 dólares de utilidad, 15 van para los trabajadores. Quedan 85 dólares y de esa cifra hay que calcular el 25% del IR (unos 21,6 dólares). De lo que queda un 10% va para el fisco como parte de la distribución de dividendos.
¿Entonces viene a ser una obligación más para las empresas?
Así es. Esto puede causar un problema para inversionista de buena fe. Lo que se espera es que se le retribuya cierta cantidad dentro de los parámetros que se manejan en la región. ¿Habrá reclamos de parte de los empresarios?
Los reclamos pueden venir desde el inversionista extranjero. Pero no es tan fácil criticar a la reforma porque hay una tendencia internacional. El problema no está en la reforma sino en el 15% de utilidades. Allí el tema es saber quién se atreve a tocar ese tema.
Al ser una tendencia internacional habrá empresarios que saben de esta norma en otros mercados y no tendrían razón para protestar… Sí, pero aún así he escuchado voces críticas.
Hablemos de economía digital. ¿Qué tan preparado está Ecuador?
Francia creó el IVA para los servicios digitales y dijo que el IVA solo se tribute en destino. Entonces quien recibe el servicio paga el IVA en el país que lo usa. Es un principio internacional y los consumidores de estos servicios digitales debemos pagar IVA. Hay un principio internacional de tributación en destino.
Los consumidores están pendientes del tema, pero a veces desconocen lo que ocurre en el mundo…
Esto es a escala internacional y está el principio de transparencia. El IVA es solo una pequeña parte. ¿Qué pasa con el impuesto para las grandes tecnológicas? A escala mundial están decidiendo cómo arreglar el tema y cómo cobrar impuestos a las grandes empresas tecnológicas que hacen negocios en varios países con nuestros datos. Allí surgen nuevos esquemas tributarios.
¿Es muy grande el desafío?
Es muy amplio. También entran los robots que sustituyen ciertos puestos de trabajo. Por eso en algunos países se planea una especie de tributo o menor deducción para empresas que automatizarán más sus procesos. HOJA DE VIDA Formación. Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Ecuador y Máster en Fiscalidad Internacional y Comunitaria por la Universidad de Castilla – La Mancha.
Cargos. Es vicepresidente del Instituto Ecuatoriano de Derecho Tributario y ejerce la docencia en temas de Fiscalidad Internacional y Precios de Transferencia. Está certificado como Formador de Formadores en Precios de Transferencia y Fiscalidad Internacional por la OCDE y el Instituto de Estudios Fiscales de España. Se desempeñó como Jefe del Departamento de Normativa Tributaria del Servicio de Rentas Internas durante varios años.
Pablo Villegas, abogado asociado senior de Solines & Asociados, y experto en temas tributarios. Foto: Vicente Costales / LÍDERES
A partir del 7 de marzo de 2019 los contribuyentes pueden pagar sus declaraciones mediante el servicio de pago en Línea disponible. Así lo dio a conocer el Servicio de Rentas Internas (SRI).
Para acceder a este servicio, el contribuyente que mantiene declaraciones vigentes de pago, debe ingresar a SRI en Línea con usuario, contraseña y seguir la ruta: Menú / Pagos / Pago en Línea / Pago de Obligaciones y escoger las declaraciones que desea cancelar.
Esta herramienta le permite seleccionar la forma de pago más conveniente entre tarjetas de crédito, notas de crédito desmaterializadas y/o Títulos del Banco Central (TBC). El servicio está disponible las 24 horas del día y los 365 días del año.
De esta manera los contribuyentes no necesitan acercarse a las instituciones financieras para cancelar sus obligaciones pendientes de pago. También disminuye el costo por cargos financieros.
Este nuevo servicio forma parte del proceso de Simplificación de Trámites que lidera la Secretaría General de la Presidencia y del Decreto Ejecutivo 372, que declara como política de Estado la mejora y simplificación de trámites para asegurar una adecuada gestión gubernamental.
De esta manera los contribuyentes no necesitan acercarse a las instituciones financieras para cancelar sus obligaciones pendientes de pago. Foto: Archivo / LÍDERES
Al año, el ecuatoriano necesita un promedio de 664 horas para realizar pagos y trámites tributarios, de acuerdo al informe global ‘Paying Taxes 2017’, elaborado por el Banco Mundial y la firma PwC presentado hoy, martes 22 de noviembre del 2016.
El cálculo estima el tiempo que conlleva la preparación, declaración y pago de impuestos. Además, toma en cuenta el pago de la contribución a la seguridad social, anexos del impuesto a la renta de empleados en relación de dependencia y otras declaraciones de los trabajadores.
En el 2015 -año del que se tomaron datos para realizar el estudio– presentó un incremento de 10 horas, comparado con el 2014, según el documento.
Ecuador está por en encima del promedio de América Latina, que llega a 564 horas anuales, “tiempo significativamente más alto que el promedio mundial y el más alto de las regiones”, según ‘Paying Taxes 2017’.
“Ecuador sigue reflejando un sistema impositivo que es difícil de cumplir, a pesar de la disponibilidad de sistemas electrónicos para la presentación y el pago impuestos”, señala el documento.
Pablo Aguirre, representante de PwC en Ecuador, explicó que hay varias razones para que este indicador alcance esta cifra, como los cambios normativos, los trámites (cambios en los formularios, requisitos, etc.), entre otros. Del lado de las empresas, argumentó Aguirre, también deben tener mejores sistemas que puedan obtener información útil para las declaraciones tributarias.
Solo en Impuesto a la Renta (IR) e Impuesto al Valor Agregado (IVA), dijo Aguirre, se emplean 358 horas al año, que representan el 22% de las horas laborales al año. En promedio, el ecuatoriano utiliza 30 horas mensuales para pagar estos impuestos.
El representante de PwC explicó que el estudio realizó el cálculo de una empresa que tiene unos 60 empleados, que no tiene transacciones de comercio exterior.
Finalmente, el estudio realiza otra medición que tiene que ver con los procesos posteriores de la declaración del IR. En esta categoría, Ecuador alcanza 49,31 puntos sobre 100 y junto a Uruguay son los más eficientes de la región.
A escala mundial, dice el informe, los gobiernos se centraron en mejorar sistemas electrónicos para pagar impuestos.
En el 2015 -año del que se tomaron datos para realizar el estudio- presentó un incremento de 10 horas, comparado con el 2014, según el documento.Foto: Referencial
A través del decreto ejecutivo 607 se oficializó este 12 de marzo del 2015 el mecanismo de ‘draw back’ para los exportadores de productos afectados por la apreciación del dólar.
Se trata de un procedimiento simplificado de devolución condicionada de impuestos al comercio exterior; es decir, de aranceles y cargas tributarias para los exportadores.
Según el documento, que fue suscrito con fecha de 11 de marzo, las condiciones serán fijadas por el Comité de Comercio Exterior (Comex).
Además, da un plazo de 30 días para que el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador y el Banco Central del Ecuador desarrolle los aplicativos informáticos para la operatividad del mecanismo.
El ministro Coordinador de la Producción, Richard Espinosa, adelantó hace dos semanas que este año este mecanismo significará un beneficio de USD 250 millones; de estos, USD 150 millones en productos no tradicionales.
Se trata de un procedimiento simplificado de devolución condicionada de impuestos al comercio exterior; es decir, de aranceles y cargas tributarias para los exportadores. Foto: Joffre Flores/ El Comercio
El Servicio de Rentas Internas (SRI) mantiene un programa de cursos gratuitos para los ciudadanos que deseen actualizar su conocimiento del sector tributario. Lo primero que se debe hacer es ingresar al portal web del SRI www.sri.gob.ec. Allí se busca la pestaña «Servicios más utilizados» y se elige la opción «Capacitaciones». Al hacer esto se abre una nueva ventana, en la que se escogen las fechas en las que se busca el curso.
¿En dónde se dictan los cursos?
Una vez seleccionada la fecha de disponibilidad para el curso, se elige la provincia, el cantón y, si desea, busque temas específicos de capacitación, o todos los cursos a realizarse en ese período. Al completar estos campos aparecen las opciones de los cursos a dictarse en el lugar escogido, el tema, la fecha de inicio y la provincia, la modalidad, dirección, fecha de finalización, cupos disponibles y la opción de inscribirse en el que desee.
¿Qué datos se solicitan?
Al final de cada opción de capacitación aparecerá un link de «Inscribirse». Al hacer clic en esa opción aparecerá otra página que nos pedirá datos personales como nombres, apellidos, cédula de ciudadanía, teléfono, correo electrónico, empresa en la que labora, ocupación… Los espacios que tengan un asterisco rojo son obligatorios.
La confirmación
Una vez realizada la inscripción, el usuario recibirá un correo electrónico solicitando la confirmación de su inscripción. Tanto la inscripción como la capacitación son gratuitas. Las clases se dictan en las salas de capacitación del SRI, a escala nacional. Al momento de asistir al curso, el usuario deberá llevar impreso el correo de confirmación, su cédula de identidad y una copia de la misma.
Un convenio
Existe un convenio entre el SRI y la Cámara de Comercio de Quito dirigido a los socios y público en general para la capacitación en temas tributarios, durante todo el año. Estos cursos también son gratuitos y la inscripción se puede realizar a través del portal del SRI o llamando al teléfono 1 700 SRI (774 774). Los cursos que se dictan como parte de este convenio se enfocan en temas como la devolución de IVA para Tercera edad, turistas y discapacitados, Impuesto a la Renta, declaración de impuestos por internet, etc.
Para Scott Schmith, un veterano de la Guerra del Golfo instalado en Suiza hace 20 años, renunciar a su pasaporte estadounidense no fue «fácil», pero lo hizo para evitar problemas fiscales en Estados Unidos tras la aprobación de una nueva ley impositiva.
«No tengo nada que ocultar pero no quiero ser castigado por haber decidido vivir fuera de Estados Unidos«, cuenta desde las afueras de Zurich este fotógrafo, recientemente nacionalizado como suizo, en un momento en el cual los bienes de estadounidenses en el extranjero están bajo estrecha vigilancia.
Desde de enero, la ley denominada Fatca (Ley de Cumplimiento Tributario en el Extranjero, por sus siglas en inglés) impondrá a los bancos de determinados países que informen sobre las cuentas de sus clientes estadounidenses, arriesgándose a importantes multas, con el objetivo de reforzar las obligaciones fiscales para los expatriados.
La Ley Fiscal en Estados Unidos, una excepción en todo el mundo, impone a sus ciudadanos la obligación de declarar sus ingresos y sus cuentas bancarias, aunque su residencia fiscal esté en otros países. La nueva normativa, que busca luchar contra la evasión fiscal, se perfila como un quebradero de cabeza para varios expatriados. «Los expatriados (…) se dan cuenta ahora que los bancos van a transmitir los datos de sus bienes y que podrían ser considerados como delincuentes», dice Allison Christians, profesor de Derecho de la Universidad McGill, en Canadá.
En el segundo trimestre de este año, el número de estadounidenses con doble nacionalidad que renunciaron a su pasaporte azul marino marcó un récord de 1 131 personas, un incremento de 492% interanual. Para los expertos estos datos, que siguen siendo marginales en relación a los cerca de 7 millones de expatriados estadounidenses, se deben en gran medida a la entrada en vigor de esta ley, que fue pospuesta en varias ocasiones.
Según Marylouise Serrato, representante de American Citizens Abroad, una asociación que defiende a los expatriados, la nueva ley fue un factor agravante. «Con esta ley, se vuelve muy difícil para los estadounidenses vivir en el extranjero», afirmó. Así, algunos bancos comerciales podrían rechazar a los expatriados estadounidenses para esquivar los problemas administrativos y evitar estar en la mira del Servicio de Impuestos Internos de Estados Unidos (IRS), tal y como le sucedió a UBS en 2009.
Scott Schmith sufrió estas trabas cuando su banco cerró sus dos cuentas hace un año. «Cada vez más los expatriados estadounidenses se encuentran en un agujero negro fiscal», declaró en un comunicado Nigel Green, presidente de la consultora de Vere.
Muchos de ellos enfrentan ahora un «dilema terrible»: renunciar a su ciudadanía o plegarse a normas ultra complejas que a menos requieren de la ayuda de un experto fiscal, señala el profesor de Derecho Peter Spiro, académico de la Universidad Temple, en Filadelfia (norte). «Si uno hace un análisis racional, uno se pregunta si vale la pena conservar la ciudadanía estadounidense frente a papeleo administrativo y al riesgo de mayores multas», explicó.
Un portavoz del IRS dijo que esta solución tampoco sería definitiva ya que, pese a haber renunciado a su nacionalidad, estas personas aún podrían estar sujetas a realizar una declaración de la renta. Para que la renuncia sea efectiva, los expatriados deben probar que han cumplido con sus obligaciones fiscales en los cinco últimos años.
Volver como turista
Una opinión. Para Allison Christians, profesor de Derecho de la Universidad McGill, en Canadá, el verdadero problema es que el sistema de impuestos esté basado en la ciudadanía.
Estrategia. »Si hubiera un sistema basado en la residencia, una ley como la Ley de Cumplimiento Tributario en el Extranjero permitiría apuntar realmente a los que intentan ocultar dinero en el extranjero», sostiene Christians.
Una desventaja. Scott Schmith dice que ya no tendrá preocupaciones fiscales en Suiza, pero que a cambio pagará como precio el tener que retornar a su país como un turista más.
Estadística. En el segundo trimestre de este año, el número de estadounidenses con doble nacionalidad que renunciaron a su pasaporte azul marino marcó un récord de 1 131 personas, un incremento de 492% interanual, según las estadísticas oficiales.
Las reglas de juego para el sector empresarial, en especial en los temas laboral y tributario, se endurecerán este año, tras la aprobación del Código Orgánico Integral Penal (COIP) aprobado, en segundo debate, por la Asamblea el 17 de diciembre pasado.
La norma, que aún espera las observaciones del Ejecutivo, endurece los delitos tributarios y tipifica penas de prisión para los empleadores que no afilien a sus trabajadores.
Específicamente, en el artículo 286 se detallan 20 tipificaciones de infracciones y/o delitos, con sanciones que van desde uno a diez años de pena privativa de la libertad.
Hasta ahora, el Código Orgánico Tributario, en su artículo 344, detalla 14 casos de defraudación, con penas que de uno a seis años. Por tanto, con la entrada en vigencia del COIP, las sanciones se endurecerán y aumentará el número de potenciales ‘delitos’.
Esto se agrava aún más en el caso de las personas jurídicas, sociedades o cualquier otra entidad que, aunque carente de personería jurídica, constituya una unidad económica o un patrimonio independiente de la de sus miembros. De comprobarse la falta, no solo que se debe cumplir la sanción penal sino que, además, se extinguirá la persona jurídica y se multará con entre 50 y 100 salarios básicos unificados (entre USD 17 000 y 34 000).
El proyecto de norma también establece penas de tres a siete días de prisión para los empleadores que no afilien a sus trabajadores al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Este tema se remonta hace más de dos años, cuando el 55% de la población aprobó este planteamiento en consulta popular. Allí se proponía esta figura como un delito, pero finalmente se lo catalogó como contravención.
Las sanciones se aplicarán solamente si no cancela el dinero, luego de las 48 horas de ser notificado.
USD 34 000 será la multa máxima para personas jurídicas por delitos tributarios.
El Servicio de Rentas Internas (SRI), tiene su nueva plataforma digital SRImóvil. La nueva aplicación permite a sus usuarios revisar estados tributarios, validar documentos, conocer el valor de la matrícula de un vehículo, del Impuesto a la Renta (IR), obligaciones, entre otros datos tributarios.
Además, la nueva plataforma permite realizar consultas tributarias, tener información sobre agencias del SRI y conectarse con las cuentas de la institución en las redes sociales. «Podemos consultar la información de todos los contribuyentes, empresas y personas naturales de manera actualizada», sostiene Ximena Amoroso, directora general del SRI.
El objetivo principal, señala, es reducir los costos de transporte y movilización del ciudadano, que tiene que acudir a las agencias del SRI. De esta manera, se agilitan las consultas tributarias.
La aplicación SRImóvil puede ser descargada gratuitamente desde Windows Store, Google Play, BlackBerry World y Apple Store. También puede descargarse en dispositivos móviles inteligentes, tablets y teléfonos celulares.
Paola Vinuesa, desarrolladora del proyecto, dice que durante la primera semana de vigencia de la nueva aplicación se realizaron unas 38 045 descargas.
El proyecto fue realizado por un equipo técnico con dos desarrolladores del SRI y un líder técnico en tecnología. «La aplicación no tuvo ningún costo de inversión», indica Amoroso.
Yasmín Obando, usuaria de la plataforma digital, indica que este servicio digital le ha permitido obtener información correcta y actualizada sobre el tema de facturas para su negocio.
Así también, Patricia Perdomo, dice que la plataforma es buena, pero que se pueden mejorar implementando servicios complementarios del SRI como pagos o declaraciones de IVA.
Los usuarios pueden ingresar a la base de datos del SRI a través de la aplicación desde sus dispositivos móviles inteligentes con acceso a Internet. «Tenemos una base interna que permite revisar donde se realizan las descargas. Hay consultas desde Irán, EE.UU., Canadá y países de Latinoamérica», indica Vinuesa.
Uno de los objetivos de la institución en el desarrollo de esta aplicación es que permita realizar pagos. «Primero debemos desarrollar todos los servicios en la página web de la institución, para luego establecerlo en la aplicación».
Además, el SRI puso en vigencia el sistema de notificación electrónica.
Datos Descargas
La aplicación en su lanzamiento contaba con 30 500 descargas. Hoy, supera las 38 000.
Acceso
Se puede acceder a la información con el RUC o cédula de identidad.