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  • Una nueva etapa para el sector societario y bursátil

    Redacción Quito

    La Asamblea Nacional, con 100 votos, aprobó la Ley Orgánica para el Fortalecimiento y Optimización del Sector Societario y Bursátil. A través de este proyecto se reforman nueve leyes relativas al mercado de valores; estas son: la Ley de Mercado de Valores, Código de Comercio, de Compañías, General de Instituciones del Sistema Financiero, Código de Procedimiento Civil, Ley Notarial, Ley de Registro, Ley de Régimen Tributario Interno, reformatoria a la Ley para la Equidad Tributaria.

    «Con la Ley se simplifica y optimiza la racionalización de las tramitaciones que realizan las personas ante la administración pública», indicó el vicepresidente de la Comisión de Régimen Económico, Galo Borja.

    Para lograr este objetivo se crea la Junta de Regulación del Mercado de Valores, como un organismo de derecho público perteneciente a la Función Ejecutiva, que establecerá la política pública del mercado de valores y dictará las normas para su funcionamiento y control.

    Esta Junta de Regulación estará integrada por tres miembros: un representante de los ministros de la Política Económica, quien lo presidirá; de la Política de la Producción; y un delegado del Presidente de la República.

    Los superintendentes de Compañías y Valores, de Bancos y Seguros, y del Sistema Financiero Popular y Solidario también serán parte de la Junta de Regulación del Mercado de Valores, con voz, pero sin voto.

    Entre otros aspectos, con esta nueva Ley se regula la creación y funcionamiento de las casas de valores, calificadoras de riesgos, bolsas de valores, la sociedad proveedora y administradora del sistema único bursátil, los depósitos de compensación y liquidación de valores, las administradoras de fondos y fideicomisos, así como los servicios que estas presten.

  • «El proyecto de Código Penal es un arma de persecución»

    César Augusto Sosa, Redacción Quito / LÍDERES

    El proyecto de un nuevo Código Penal está en trámite en la Asamblea Nacional. El plazo que se puso el bloque oficialista de Alianza País para aprobar este cuerpo legal, con alrededor de 800 artículos, vences este martes 15 de octubre. El debate empezó la tarde del miércoles pasado, pero se estancó a raíz de protestas de varios grupos que defienden la despenalización del aborto. Asimismo, médicos reclaman por la penalización de la mala práctica profesional. En el campo económico también aparecen nuevos delitos que pudieran tener varios impactos, tanto en empresas como en personas naturales.

    ¿Cuál es el escenario para el sector empresarial con el proyecto de Código Penal?
    En el campo económico lo más notorio está en tres áreas. Una es la tributaria, otra es la penalización por la falta de afiliación al IESS y una tercera tiene que ver con el sector financiero, producto del denominado pánico económico.

    ¿Y el lavado de activos?
    En realidad no es un capítulo nuevo, porque ya había una Ley de Lavado de Activos. Lo que se ha hecho es retocarla, pero en un sentido atentatorio.

    ¿Por qué atentatorio?
    Porque con este proyecto se revierte la carga de la prueba. Se rompe el principio de inocencia y ahora resulta que yo tengo que justificar el origen de los activos. Tomando en cuenta que estamos en la mitad de Colombia y Perú, que estamos con una punta más salida al Océano Pacífico y que somos un país dolarizado, decir que el dinero que tenemos en el bolsillo no pasó en algún momento por alguna actividad ilícita es difícil, si cabe la analogía.

    ¿Estas normas contra el lavado de activos permiten cumplir las exigencias del Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi), para la lucha contra el lavado de dinero?
    Creo que las cumplen en exceso. De lo que entiendo, el Gafi pide que exista un control sobre el lavado de activos, pero control no quiere decir represión. En las esferas administrativas, el control es una cosa y la parte penal es otra. Y cuando se mezclan las cosas hay que cumplir al menos ciertas reglas básicas, como la presunción de inocencia.

    ¿Qué se busca en materia tributaria?
    Que una persona natural o jurídica, que no haya cumplido una disposición administrativa sea perseguida penalmente. Es decir, se está considerando un descuido administrativo como una falta penal. Y eso es básicamente una herramienta de persecución.

    ¿Cómo se maneja este tema en otros países?
    La mayoría de países agotan las instancias administrativas antes de ir al campo penal. Es decir, primero ejecutan los bienes del gerente o del contribuyente. Llevar el tema al campo penal desde el inicio es una exageración.

    Pero hay muchos procesos administrativos que pudieran terminar diluyendo las responsabilidades o dejar impunes los delitos tributarios. ¿No hacía falta romper con eso?
    La salida no está en la parte penal. Lo que se necesita es eficiencia en el control, no eficiencia en la persecución.

    ¿Hay un impacto en los contribuyentes particulares o personas naturales?
    Por supuesto. Nuestra sociedad tiene poca cultura tributaria. Y enseñarle a una persona a entregar una factura, privándola de la libertad, es extremadamente exagerado.

    ¿Quiénes son los más afectados con esto?
    Los que van a ser perseguidos serán el dueño de una tienda, el que vende informalmente o abre algún negocio pequeño. Se va a perseguir al que menos cultura tributaria tiene, es decir, a los más pobres. Eso rompe con la finalidad de este Código penal, que busca la igualdad.

    ¿Se puede formalizar a la economía con represión de este tipo?
    Es inconsistente. Me pregunto: ¿Hasta qué punto se puede exigir cultura tributaria a una sociedad cuando las normas tributarias han tenido unas 14 reformas? Ni siquiera los expertos saben cuál es la última normativa vigente, peor el común de la gente. Y perder al libertad por eso es exagerado.

    ¿Cómo debieran manejarse las empresas grandes, medianas o pequeñas frente a una posible aprobación de este Código Penal?
    Lo aceptable sería hacer una masiva socialización sobre los deberes tributarios para las personas jurídicas, no para las grandes, que ya lo saben, sino para las más pequeñas. El gran empresario o gran contribuyente se va a cuidar mucho de estar al día en el pago de sus impuestos. El problema es que con esta legislación, los más proclives a cometer delitos serán la gran masa de contribuyentes, que ignora sus deberes.

    ¿Ahí está la fuente de recursos que necesita el Fisco para mantener su modelo?
    Es probable. El grueso de evasión está en los pequeños contribuyentes. Los grandes están muy vigilados. Los pequeños tienen muchos retrasos.

    ¿Por qué es necesario penalizar los delitos tributarios? ¿Qué se busca con eso?
    Es un arma de poder, que no es nueva. Cuando a los grandes «criminales» se les intentaba demostrar sus crímenes y no había forma de hacerlo, se lo hacía a través del Fisco. Este Código se va a constituir en un arma de poder donde se podrá decir: no he podido demostrar tus crímenes pero voy a ver si estás al día en tus impuestos. Y resulta que tal vez los «crímenes» de una persona pudieran tener penas privativas de su libertad mucho más pequeñas que la evasión tributaria. El fin es reprimir y tener una excelente herramienta de persecución para amigos y enemigos.

    ¿Qué pasa con la penalización por la no afiliación al IESS?
    En realidad se crean dos formas penales: un delito y otra contravención. Pero la redacción es extremadamente ambigua y peligrosa. Si una empresa no afilia a un trabajador será sancionada con una multa pecuniaria. Pero una persona natural no afilia a un trabajador comete una contravención y puede estar preso 30 días. Es decir, a una empresa le ponen una multa y a una persona le mandan preso. Eso es inconsistente.

    Hoja de vida

    Estudios. Doctor en Jurisprudencia, Universidad Central del Ecuador. Criminal Justice Studies, Iowa State University. Profesor a tiempo parcial en la Universidad San Francisco.

    Experiencia. Fue juez de lo penal por siete años. Trabaja actualmente en un consultorio jurídico privado.

  • Suad Manssur: La nueva ley bursátil exige a las empresas más transparencia

    Andreína Laines. Redacción Guayaquil/ LÍDERES

    La Asamblea Nacional aprobó el 13 de marzo la Ley Orgánica para el Fortalecimiento y Optimización del sector Societario y Bursátil. Esta reforma trámites, crea nuevos instrumentos financieros y, entre otras disposiciones, cambia la denominación de Superintendencia de Compañías a Compañías y Valores. La superintendenta Suad Manssur explica su contenido.

    ¿Cuál es el alcance de esta nueva Ley Bursátil, para el sector empresarial?
    La Ley es una reforma de la Ley de Mercado de Valores y a la Ley de Compañías. Impulsa y crea ciertos productos; además, elimina ciertos plazos y procedimientos para la constitución de compañías. Con su promulgación, el órgano de control no va a aprobar ciertos actos societarios, como la constitución de compañías, aumento de capital y las reformas estatutarias, porque son actos privados.

    ¿De qué manera se agilitarían esos procesos, sin la necesidad de la participación directa de la Superintendencia de Compañías (SC)?
    Hoy, para constituir una compañía se abre una cuenta de constitución de capital en un banco; luego, el interesado debe ir a la SC y aprobar el estatuto, después publicarlo en la prensa y volver a la SC y presentar el expediente de la nueva compañía para su aprobación final.

    El trámite tarda unas tres semanas. Luego, acudir al Servicio de Rentas Internas (SRI), para obtener el Registro Único del Contribuyente y eso demora 15 días más y después esperar otros 15 días para nombrar al representante legal. Con la nueva ley, el socio irá a una notaría y suscribirá la constitución y hará el trámite por Internet.

    ¿Cómo se trabaja en esa automatización?
    Estamos transformando en una plataforma tecnológica. Hace tres años no teníamos nada, nos ha tomado tiempo porque la contratación pública demora. La inversión viene subiendo desde el 2011, para este año invertiremos USD 8 millones en ello.

    ¿Cuándo tienen previsto que se podrá constituir una compañía en línea?
    Actualmente se pueden realizar 16 trámites por la Web y próximamente habilitaremos tres más. La Ley nos da seis meses para poder sistematizar todos los registros mercantiles del país. Ya tenemos los de Guayaquil, Quito y Cuenca, pero es importante el plazo para que vaya mejorando el sistema. Cuando esté listo, la constitución será en unas dos horas.

    ¿Cómo será ese proceso por Internet?
    Desde su casa o cualquier lugar, una persona podrá ingresar a la web de la SC y en el sistema reservar el nombre de la empresa, sacar una cita en una notaría, luego la persona acudirá con los socios y se firmará la escritura. En la página web habrá un estatuto estándar, que no necesita aprobación ni firma de un abogado. Los trámites y pagos de Registro Mercantil y el SRI también se harán por Internet.

    ¿Y en el caso de las disoluciones?
    Eso es algo distinto. Para la disolución de una compañía, esta tiene que estar al día con todos los pagos a empleados, a proveedores, al SRI, al IESS… Tiene primero que cancelar. Si la compañía es de papel, se puede hacer un trámite que llamamos tres en uno: disolución, liquidación y cancelación. Eso no debe tomar más allá de tres semanas.

    ¿Cuántas empresas están registradas? ¿cuántas se constituyeron y disolvieron en el 2013?
    En el país hay cerca de 100 000 empresas, de esas, 75 330 son activas; y 44 000 nos presentaron balances el año pasado y este año el número está aumentando. El año pasado se conformaron cerca de 8 382 y hasta marzo de este año llevamos 1 925. Este año vamos a dar de baja a empresas que no están operando y trabajamos con el SRI, para dar con las empresas que se han utilizado para actos ilegales.

    ¿De qué manera beneficia u otorga ventajas a las empresas esta nueva Ley Bursátil?
    Ofrece incentivos tributarios. Por ejemplo, están exentos los rendimientos financieros obtenidos por las inversiones con renta fija que se negocien a través de la Bolsa. Tendrán tarifa 0% del Impuesto al Valor Agregado las comisiones por servicios bursátiles prestados por la bolsa, entre otros beneficios que esperamos atraigan a más empresarios al Mercado de Valores. Además, se crean otros productos.

    ¿Cuáles son esos productos?
    Son instrumentos financieros como Emisiones Sindicadas de Obligaciones, que son valores de contenido crediticio emitidos por más de un emisor en un solo proceso. Es decir, permite a dos o tres compañías asociarse para realizar emisiones. También estamos dando valor a la negociación de Facturas Comerciales, este tema va a ayudar al pequeño proveedor.

    Por ejemplo, si el proveedor del supermercado va y entrega su mercadería y no le pagan inmediatamente, este podrá vender la factura en el Mercado de Valores. Y también están los Fondos de Inversión, que permiten a los ahorristas la posibilidad de colocar sus recursos en mejores condiciones que las ofrecidas por el sistema financiero.

    ¿Cómo se impulsará al Mercado de Valores?
    Esperamos que con la nueva Ley y estos incentivos, los empresarios se animen a entrar al Mercado. En este momento, hay mucha emisión de deuda fija en el país y no de renta variable. Esto es, porque las empresas no abren su capital. La idea es que lo abran y vendan acciones; pocas lo hacen, unas cuatro.

    ¿Por qué las empresas no se han interesado en participar en el Mercado de Valores?
    Cuando se entra a este mercado se deben transparentar completamente los estados financieros, porque se abren las puertas a otros accionistas que pueden objetar si algo está mal. Y creo que muchos tienen miedo de eso, las empresas todavía son muy reservadas puertas adentro y el Mercado de Valores exige dar información de acceso del público.

    ¿Habrá ese acceso a la información?
    La nueva Ley da apertura completa a la información de las empresas. Nosotros vamos a publicar los balances. Hoy no tenemos la facultad de publicarlos; son reservados, pero la idea es que estos balances estén en la página web. Así se podrá conocer los activos, pasivos y deudas que tenga una empresa.

    Hoja de vida

    La formación. Es abogada por la Universidad Católica Santiago de Guayaquil.

    Las funciones. Fue miembro de la Junta Bancaria en el 2008. En el 2011 fue elegida como Superintendenta de Compañías y además es Presidenta del Consejo Nacional de Valores.