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  • La nueva Ley de Compañías va por la innovación y tecnología

    Redacción Cuenca y Quito (I) 
    redaccion@revistalideres.ec

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    Las compañías podrán llevar su contabilidad por ordenadores, medios mecánicos, magnéticos y archivos electrónicos, siempre que se permita su posterior verificación y otros requerimientos. Este es uno de los cambios que se incorporó en el proyecto de Ley de Modernización a la Ley de Compañías, que fue aprobado en segundo debate por la Asamblea (22 de octubre del 2020) y, ahora, espera la decisión del Ejecutivo.

    Otro cambio relevante es que las acciones de una compañía anónima o sociedad, por acciones simplificadas, podrán estar representadas por certificados ‘tokenizados’. Se entiende como ‘tokenizado’ a la representación de las acciones en un formato electrónico, que esté organizada en una cadena de bloques o cualquier otra red de distribución de datos o tecnología de registro y archivo de información virtual, que sea segura y verificable.

    La cadena de bloques o ‘blockchain’ es una tecnología de registro y archivo de información virtual, que organiza los datos en bloques encadenados cronológicamente por una función algorítmica encriptada y confirmada por un mecanismo de consenso.

    Para el intendente de Compañías de Quito, Esteban Ortiz Mena, este tipo de tecnología no será incorporada inmediatamente por las empresas, pero es un reconocimiento importante porque moderniza la legislación societaria y Ecuador es el primero en hacerlo en Latinoamérica.

    Otro tema, señala Ortiz Mena, es el mejoramiento de los criterios y recomendaciones de ‘doing business’, que es una medición de las regulaciones para hacer negocios del Banco Mundial y su aplicación en 190 economías. Ecuador está en el puesto 129.

    “Al poner a la norma en los niveles internacionales, podremos mejorar en los procedimientos”. Ortiz se refiere a la protección de los accionistas minoritarios y mejoramiento para la constitución de los negocios.

    Para el Intendente, los cambios que se incorporan permitirán que las empresas mejoren, en distintos momentos, sus procesos y procedimientos. Otras incorporaciones que destaca es la supresión de los comisarios y la posibilidad de que las compañías tengan un solo accionista
    en su existencia.

    Según el presidente de la Comisión de Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional, Esteban Albornoz, fue importante corregir anacronismos y eliminar artículos inútiles e innecesarios.

    Albornoz dice que el objetivo fue crear un marco moderno, simplificar trámites y apoyar a la reactivación productiva.

    Las reformas se pueden dividir en dos grandes grupos. El primero es la modernización de la norma en aspectos como la eliminación del trámite de oposición a terceros. “Nunca funcionó y dilataba los procesos para la creación y disolución”. Además, se simplificaron los procesos de disolución y se autorizan las juntas telemáticas de accionistas.

    El segundo grupo, añade Albornoz, es la innovación y se replican aspectos que funcionan en el exterior. Por ejemplo, con este proyecto ya se puede convocar a una junta de socios con el 15% del capital y en la actual norma solo se puede hacer a partir del 25%.

    El abogado societario Marcelo Chico Cazorla cree que hubiese sido importante codificar la Ley de Compañías incluyendo todas las reformas que se han dado. De esa forma, explica, se facilitaba el estudio y aplicación sin tener varios cuerpos legales “para saber qué reforma a qué…”.

    Para Chico Cazorla esta nueva norma es de vanguardia, pero no cubre todas las necesidades. Se refiere a la transferencia de las acciones, que requieren la aceptación del 100% del capital y si un socio se opone, no se puede hacer. “Eso puede prestarse a chantajes de los socios minoritarios”.

    Según él, esta norma por sí sola no atraerá a la inversión porque el país debe asegurar una estabilidad jurídica, laboral y tributaria.

    Menos trámites para atraer la inversión al país

    Redacción Quito (I)
    redaccion@revistalideres.ec

    El sector minero mira con optimismo la aprobación de esta nueva Ley de Modernización de Compañías. En la foto el proyecto Fruta del Norte. Foto:  Archivo / LÍDERES
    El sector minero mira con optimismo la aprobación de esta nueva Ley de Modernización de Compañías. En la foto el proyecto Fruta del Norte. Foto: Archivo / LÍDERES

    Reducción de trámites y agilización de procesos para empresas extranjeras que deseen invertir o abrir sucursales en Ecuador, es lo que trae la Ley de Modernización a la
    Ley de Compañías.

    Esto “impacta directamente en costos, tiempo de ejecución de trámites y noción de los procesos para quienes no están muy familiarizados con nuestra legislación”, se explica desde la Cámara de Comercio de Quito (CCQ).

    Un elemento clave dentro del texto es que la normativa brinda los mismos derechos e igualdad de condiciones, que tienen las firmas nacionales, a las extranjeras en cuanto a la administración, operación, expansión y transferencia de sus inversiones, tal como lo señala el artículo 17 del Código Orgánico de la Producción.

    Miguel Ángel Puente, ex presidente de la Federación de Cámaras Binacionales y socio fundador del estudio jurídico Puente & Asociados, explica que en la Ley anterior existía una limitación para que las sociedades anónimas extranjeras pudieran invertir en firmas de responsabilidad limitada en Ecuador y “no había una razón técnica para ello”.

    Hasta antes de la aprobación de la Ley, las sociedades anónimas locales sí podían participar como socias de una firma de responsabilidad limitada local. Hoy, se elimina este tipo de prohibiciones para las empresas extranjeras.

    Para la CCQ, la intención modernizadora de la normativa es clara, ya que propone validar los procesos que realizan las compañías usando herramientas telemáticas, virtuales y electrónicas, lo cual agiliza el accionar de los directivos o los procesos administrativos fuera del territorio.

    Otras de las innovaciones es la posibilidad de creación de la junta no presencial, con la cual se adoptan acuerdos directamente, sin instalación de sesión formal.

    Asimismo, para una inversionista que quiera establecer sucursales en Ecuador, se eliminan una serie de requisitos como certificaciones emitidas por cónsules en el Estado de origen. Ahora, se solicitará la presentación de documentación que acredita la existencia a través de validaciones que emita su propio sistema mercantil.

    Andrés Ycaza, síndico de la Cámara de Minería, explica que toda reducción de trámites y procesos ayudan al sector, que durante los dos primeros trimestres de este año recibió cerca del 30% del total de la inversión extranjera directa (IED), según el Banco Central.

    “Creo que va a haber una agilización en la ejecución de la inversión minera y eso es sano. Quizás eso repercuta en números a fin de año. Pero, sobre todo, va a mejorar en el clima de inversión en Ecuador”, señaló el jurista.

    La mirada desde el exterior para el país no es de las mejores. Según el estudio Doing Business de este año, Ecuador no ocupa las primeras posiciones en cuanto a facilidades para hacer negocios.

    Ycaza espera que eso cambie y destaca otros avances dentro de la norma, como el cierre de compañías más ágil o la menor presión en cuanto a reportes. Cree que el no tener que presentar las certificaciones consulares es el tema más positivo, ya que hay países inversores en los que la presencia de dependencias diplomáticas ecuatorianas es mínima.

    La Superintendencia de Compañías tiene dependencias en Guayaquil, Quito, Cuenca (foto), Loja, Ambato, Machala, Portoviejo. En el país están registradas 72 064 sociedades. Foto: Xavier Caivinagua para LÍDERES
    La Superintendencia de Compañías tiene dependencias en Guayaquil, Quito, Cuenca (foto), Loja, Ambato, Machala, Portoviejo. En el país están registradas 72 064 sociedades. Foto: Xavier Caivinagua para LÍDERES
  • Ley de Emprendimiento, en plena vigencia

    MEMO DE LA SEMANA

    Con la aprobación mediante Decreto Ejecutivo del reglamento a la Ley de Emprendimiento este cuerpo legal cobra vigencia y se constituye en un pilar fundamental para dotar al Ecuador de un instrumento legal que contribuya a generar nuevas iniciativas de negocios, ampliarla oferta laboral y fortalecer la economía.

    La normativa permite afianzar la institucionalidad alrededor del ecosistema emprendedor y aborda aspectos relevantes relacionados con el mercado, la tramitología o la educación. Instancias como el Consejo Consultivo, el Registro Nacional Emprendedor o la incorporación del emprendimiento en la malla curricular, así como el empuje al desarrollo de ‘crowfunding’ y la posibilidad de crear negocios a través de la Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS) son elementos positivos de la Ley.

    En medio de una situación económica compleja y ante un mercado laboral que se contrae, los emprendedores tienen en esta ley la oportunidad de impulsar sus iniciativas. El siguiente paso es esperar que se consoliden las instituciones que se crean con la norma, para obtener de ellas el máximo provecho.

    Ilustración: LÍDERES
    Ilustración: LÍDERES
  • El reglamento a la Ley de Emprendimiento tiene cinco puntos clave

    Carolina Enríquez (I)

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    La Alianza para el Emprendimiento e Innovación del Ecuador (AEI) destacó que el Gobierno haya oficializado el reglamento a la Ley de Emprendimiento, mediante Decreto Ejecutivo 1113, suscrito este 27 de julio del 2020. La Ley fue aprobada el 17 de febrero pasado.

    El Reglamento tiene 64 artículos, 16 disposiciones reformatorias, una derogatoria, cinco disposiciones transitorias y una final.

    Según la AEI, las propuestas dentro de dicho texto “cierran brechas en cada uno de sus capítulos: institucionalidad, mercado, educación, financiamiento y tramitología.

    Los cinco aspectos más destacados del reglamento son:
    1.- El Consejo Consultivo podrá ser un ente que otorgue aportes, cerrando el círculo de las distintas perspectivas, tanto públicas como privadas, para impulsar el ecosistema. La AEI será representante de las entidades que apoyan el emprendimiento e innovación dentro del Consejo.

    2.- El Registro Nacional Emprendedor abrirá las puertas a los emprendedores para poder exportar, obtener beneficios en tasas y procesos en las distintas entidades del Estado.

    3.- Se genera la posibilidad de crear nuevas mallas curriculares en las que se establezcan habilidades técnicas y blandas para formar emprendedores e innovadores. También se busca incentivar proyectos de tesis que impulsen un emprendimiento; establecer los espacios de difusión dentro de los establecimientos educativos sobre temas de emprendedurismo y contar con alianzas con el sector productivo.

    4.- Se incorpora el crowdfunding como un método no tradicional de financiamiento. Consiste en conectar, mediante plataformas de Internet, a promotores de proyectos -que requieren capital-, con inversores dispuestos a impulsarlos económicamente. Ecuador es uno de los pocos países latinoamericanos con crowdfunding listo para operar, indica la AEI.

    5.- Se realizó una reforma a la Ley de Compañías en la que se incluye la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS). Se trata de una figura jurídica societaria unipersonal o con la posibilidad de más socios, gratuita (con sus excepciones), por medio de contrato privado y registrada en la Superintendencia de Compañías

    La AEI explica que con la Ley y el Reglamento se facilita el proceso de creación y cierre de empresas.

    Asimismo, el reglamento norma la reestructuración de emprendimiento; consiste en un régimen especial con condiciones favorables para que los emprendedores puedan resurgir o dar por terminado su negocio sin tantas complicaciones.

    El Gobierno oficializó el reglamento a la Ley de Emprendimiento, mediante Decreto Ejecutivo 1113. Foto: https://www.freepik.es
    El Gobierno oficializó el reglamento a la Ley de Emprendimiento, mediante Decreto Ejecutivo 1113. Foto: https://www.freepik.es
  • Un foro para analizar la Ley de Emprendimiento, este 2 de junio de 2020

    Redacción Líderes

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    La Alianza para el Emprendimiento y la Innovación (AEI) organiza este martes 2 de junio de 2020, a las 18:00, el foro ‘Beneficios de la Ley Orgánica del Emprendimiento e Innovación’. El encuentro servirá para analizar la nueva normativa aprobada por la Asamblea Nacional en febrero pasado y cuyo reglamento está por expedirse en estos días.

    Revista Líderes, publicación que es parte de El Comercio, apoyará con la difusión del evento que se transmitirá por Facebook Live de la AEI y de la Revista Líderes.

    El foro tendrá como panelistas a Natalia Almeida, subdirectora de la AEI; Jackson Torres, Viceministro de Producción; María Augusta Proaño, Directora de Fundación Telefónica; Byron Robayo, del estudio jurídico Paz Horowitz; y Esteban Donoso, de Corporación Legal Ecuador.
    El foro llega en un momento particular para el ecosistema emprendedor ecuatoriano que también siente los efectos de la pandemia del covid19. La AEI y Revista Líderes invitan a los emprendedores e innovadores ecuatorianos a participar de este encuentro.

    El martes 2 de junio se llevará a cabo el foro: 'Beneficios de la Ley Orgánica del Emprendimiento e Innovación'.
    El martes 2 de junio se llevará a cabo el foro: ‘Beneficios de la Ley Orgánica del Emprendimiento e Innovación’.
  • Con trámites más simples se busca impulsar al emprendedor

    Carolina Enriquez

    (I)
    redaccion@revistalideres.ec

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    En ocho capítulos se concentra la Ley de Emprendimiento e Innovación, aprobada el 7 de enero del 2020 por unanimidad en la Asamblea. El documento contiene 57 artículos, 11 disposiciones reformatorias, tres generales y 14 transitorias.

    Definir conceptos, generar institucionalidad, delinear políticas para el fomento del sector emprendedor y la creación de nuevos negocios, impulsar la cultura emprendedora, establecer fuentes de financiamiento alternativas, regular el ‘crowfunding’, definir condiciones laborales y establecer los parámetros para reestructuración de los emprendimientos son los puntos claves.

    Andrés Zurita, director de la Alianza para el Emprendimiento y la Innovación (AEI), rescata este último elemento porque establece con claridad el proceso de cierre de negocios y ofrece a la persona la posibilidad de generar otro que sí pueda funcionar.

    Asimismo, destaca la creación de la llamada Sociedad por Acción Simplificada (SAS). “La empresa simplificada permite que se la desarrolle de manera unipersonal y ya no es necesario contar con un socio para que funcione. Es más fácil la creación”.

    Entre sus observaciones al texto está el hecho que no se hayan incluido incentivos tributarios. Sin embargo, estos ya se han introducido en otras normativas como la Ley de Fomento y la Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria. Por ejemplo, en esta última se incluyó el régimen tributario especial para microempresas; entre los beneficios está el pago del 2% del impuesto a la renta sobre los ingresos brutos y no el 25% sobre la utilidad, así como también el hecho que este tipo de negocios en el país ya no están obligados a llevar contabilidad.

    Wilson Araque, director del Observatorio de la Pequeña y Mediana Empresa y participante en los debates de la Ley, Cree que el texto se concentra más en crear instituciones vinculadas al sector y no en “acciones”concretas y de aplicación inmediata.

    En el capítulo II se crea el Consejo Nacional para el Emprendimiento y la Innovación, la Secretaría Técnica para esta institución y el Consejo Consultivo para el Emprendimiento y la Innovación. El primero tiene como fin fomentar el emprendimiento a través de diferentes estrategias; el segundo, dar seguimiento a las resoluciones del Conein y coordinar acciones; y el tercero, dar asesoría.

    Una de las funciones del Conein es formular políticas y lineamientos vinculantes para el acceso al crédito a los emprendedores en el sistema financiero nacional (SFN). Asimismo, dentro de la norma se establece que el SFN, público y privado, deberá desarrollar productos específicos para los emprendedores.

    Para Araque los enunciados no son suficientes, sino que la creación de fuentes de financiamiento debe ser inmediatas, pues también lo son las necesidades de los dueños de negocios.

    En su capítulo V, la Ley define cuáles son las formas alternativas de financiamiento entre las que están el capital semilla, de riesgo y la inversión ángel. Establece que en el caso que el inversor sea el Estado debe remitirse a los lineamientos establecidos en el Código orgánico de la economía social de los conocimientos, creatividad e innovación, vigente desde el 2016.
    Allí se establece que el Estado creará programas de financiamiento de capital semilla y de riesgo o podrá aportar fondos ya existentes con el mismo fin.

    Para Patricio Alarcón, presidente de la Federación de Cámaras de la Producción, son importantes las regulaciones propuestas, pero también se requieren acciones en la parte laboral. La nueva Ley determina que se creará un contrato de emprendimiento y para ello es necesario un acuerdo ministerial.

    Ahora el documento está en manos del Ejecutivo, que tiene 30 días para vetarlo o allanarse. Luego vendrán los reglamentos y Zurita espera que la ley esté aplicable a mediados de año.

    ‘Hay que ver lo que pasa en mercados que nos aventajan’

    Rafael Luque, cofundador de Tipti

    La ley ayudará tremendamente porque los emprendimientos bien canalizados y financiados pueden impactar de manera importante a la economía de un país. No todos los emprendimientos triunfan, pero generan dinamismo en el mercado, ofrecen trabajo y ayudan a desarrollar y cazar talentos.

    Por otro lado, los emprendimientos que triunfan pueden captar mucho capital que se invierte en el país y contribuye con financiamiento externo aplicado.

    Rafael Luque maneja Tipti, una start up ecuatoriana que se enfoca en facilitar las compras en el supermercado con una ‘app’. Opera desde fines del 2017. Foto: archivo / LÍDERES
    Rafael Luque maneja Tipti, una start up ecuatoriana que se enfoca en facilitar las compras en el supermercado con una ‘app’. Opera desde fines del 2017. Foto: archivo / LÍDERES

    Como beneficios esperamos flexibilidad tributaria. Todos debemos pagar impuestos, pero los emprendimientos, principalmente los de comercio electrónico, se programan para perder dinero durante varios años hasta alcanzar el punto de equilibrio. No puede ser que en este país una empresa que tiene inversiones, fondeos por goteo o por financiamientos, si tiene pérdidas por tres años, tenga riesgo de intervención y liquidación, cuando los planes para llegar a un punto de equilibrio sean a partir del quinto año.

    También esperamos mayor flexibilidad en los costos de transacciones bancarias. Para el caso específico del comercio electrónico, los costos del Ecuador para transacciones electrónicas son muy altos; los negocios exponenciales se basan en poder generar el punto de equilibrio por el número de usuarios que se alcance y no por el margen en cada transacción.

    Otro tema que debe tenerse en cuenta es el laboral. En el país, los requisitos legales para contratación terminan afectando al emprendimiento. Por eso ciertos emprendimientos no contratan, sino que subcontratan o llegan a acuerdos para los pagos, lo que genera menor estabilidad y capacidad de planificación.

    Las decisiones que se tomen en adelante deben incorporar leyes internacionales y reglas del juegos que están guiados por mercados y experiencias de países que nos llevan ventaja.

    ‘La resiliencia es la fortaleza del emprendedor ecuatoriano’

    Daniela Peralvo, cofundadora de Impaqto

    Una ley en conjunto con iniciativas que apoyen a impulsar el ecosistema de emprendimiento en el Ecuador puede facilitar el desarrollo de emprendimientos que dejen un impacto positivo y una huella en la economía del Ecuador.

    La ley para los emprendedores e innovadores tiene que ser de naturaleza sistemática, es decir que no solo tiene que considerar las normas en sí mismas, sino sus relaciones con las entidades del Estado y los sujetos de la ley.

    Daniela Peralvo es una experta en temas de emprendimiento e innovación social. Al frente de Impaqto, capacita a nuevos emprendedores. Foto: archivo / LÍDERES
    Daniela Peralvo es una experta en temas de emprendimiento e innovación social. Al frente de Impaqto, capacita a nuevos emprendedores. Foto: archivo / LÍDERES

    Se requiere brindar oportunidades para los emprendedores e inversionistas a través de regulaciones que faciliten la creación de fondos de capital con diversos mecanismos de inversión para etapa temprana, los cuales toleren el riesgo y puedan invertir en emprendimientos que están empezando, pero que tienen potencial para crecer.

    La simplificación de trámites para que los emprendedores puedan enfocarse en el crecimiento de sus empresas, tal como se plantea en el documento aprobado por la Asamblea, es algo que puede ofrecer un gran beneficio a los emprendedores en el corto y en el mediano plazo.

    Existen fortalezas y debilidades. El ecosistema emprendedor ecuatoriano tiene la fortaleza de ser resiliente lo que obliga a los emprendedores a buscar soluciones a los diversos problemas que se enfrentan en su camino.

    Una de las debilidades del ecosistema es pensar en pequeño. Tenemos que cambiar eso, se necesita pensar globalmente con un enfoque en escalar para tener un mayor impacto.

    Los inversionistas buscan emprendimientos robustos en términos de ‘escalabilidad’ y a menudo los emprendimientos en el Ecuador están en etapas tempranas y no están listos para recibir inversión. Ese es otro punto importante que tiene que mejorar el ecosistema emprendedor.

    ‘Esperamos que existan facilidades para equivocarse’

    Ernesto Kruger, CEO de Kruger Labs

    Una ley, per se, no ayuda en nada si es que no se norma y se reglamenta de acuerdo con la realidad que viven los emprendedores. Si ahora hay algo como la nueva ley es bueno y bienvenido, lo importante es que realmente sirva de apoyo, en especial en los temas como el de fondos de inversión, pues en Ecuador es difícil invertir y peor atraer inversión extranjera directa.

    Veo algunas falencias que pueden mejorarse: no hay estímulos, ni deducciones de impuestos a los inversionistas. Eso no es bueno ni sirve para darle velocidad al dinero de inversión.

    Ernesto Kruger es emprendedor e inversionista. Conoce de cerca el mundo de las start ups. Se interesa en nuevas tecnologías. Foto: archivo / LÍDERES
    Ernesto Kruger es emprendedor e inversionista. Conoce de cerca el mundo de las start ups. Se interesa en nuevas tecnologías. Foto: archivo / LÍDERES

    En lo laboral no se entienden ciertos puntos. Un emprendedor no tiene para pagar la seguridad social en sus etapas tempranas y al crear un contrato laboral debe ser cuidadoso a partir de un número determinado de empleados, de lo contrario no habrá emprendedores, porque el riesgo de liquidar personal es muy alto.

    Creo que la seguridad social debe ser para empresas consolidadas y superando un número de empleados. Lo laboral debe crear un cambio más profundo a todo nivel, eso moverá el Emprendimiento.

    Esperamos que existan facilidades para equivocarse, es decir contar con fondos, probar hipótesis y quebrar rápido y fácilmente; eso ayuda al dinamismo de lo que es el emprendimiento e innovación.

    En la nueva ley se aborda la reestructuración de emprendimientos, pero creo que se debe reglamentar muy bien y habrá que establecer un mecanismo fácil de implementar.

    Entre los puntos buenos de la nueva ley está el crédito del sector público en condiciones preferenciales. Aparecen también las opciones de capital de riesgo y la modalidad de ‘crowdfunding’, que ayudará al financiamiento colaborativo. También se espera que en el futuro se simplifiquen los tramites de propiedad intelectual o la obtención rápida de registros sanitarios.

    ‘Ecuador permite una rápida retroalimentación de ideas’

    Yoder Macas, CEO de Sspot

    La idea principal de un emprendimiento innovador es probar y validar las ideas y productos en el mercado lo más rápido posible. En este contexto, la ley de emprendimiento e innovación ayudará a delimitar un panorama apto para poder hacerlo.

    Sin embargo, creo que aún veremos fracasos y el camino para emprender todavía será duro.
    La ley es completamente necesaria. La creación de un emprendimiento innovador radica en probar ideas y convertirlas en productos o servicios comercializables y rentables, no en gastar recursos económicos y de gestión en procesos burocráticos que no aportan en nada al fin de mi emprendimiento: probar y crecer.

    Yoder Macas es el CEO y fundador de Sspot, una start up enfocada en la movilidad. La iniciativa gana mercado y suma reconocimientos. Foto: archivo / LÍDERES
    Yoder Macas es el CEO y fundador de Sspot, una start up enfocada en la movilidad. La iniciativa gana mercado y suma reconocimientos. Foto: archivo / LÍDERES

    Si bien la política de gestión de capitales para el emprendimiento tiene un nuevo horizonte con la ley, eso no garantiza el acceso a ellos. Ya que en el momento de levantar capital hay que tratar de reducir los riesgos principales para los inversionistas como el tamaño de mercado al que un emprendimiento apunta así como el equipo que va hacer que las cosas pasen. Y estos temas se relacionan más al fortalecimiento de una cultura emprendedora especializada.

    Ahora esperamos acceso a más mercados. Ecuador es un país para probar ideas, no para comercializarlas. No podemos competir con un músculo financiero grande, pero sí con ideas y emprendimientos con una visión de mercado global. Así como la simplificación de la tramitología que conlleva tener y manejar una empresa.

    Ecuador es un mercado que permite tener una retroalimentación rápida de nuestras ideas para saber redireccionar nuestras empresas.

    Una debilidad que tiene el ecosistema emprendedor es la falta de visión y especialización que se tiene en el emprendimiento. De nada sirve tener emprendimiento sin innovación.

    Las ferias son un espacio para visibilizar los emprendimientos. Sin embargo, la Ley establece que debe generarse una estrategia y programas específicos con esta finalidad. Foto: archivo / LÍDERES
    Las ferias son un espacio para visibilizar los emprendimientos. Sin embargo, la Ley establece que debe generarse una estrategia y programas específicos con esta finalidad. Foto: archivo / LÍDERES
  • Mediocre e insuficiente

    Wilson Granja Portilla

    La nueva Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria es mediocre e insuficiente frente a la necesidad de cambios en la política económica que requiere el país. Se podría decir que dentro de la Ley (vetada parcialmente por el presidente Moreno) hay pequeñas (contadas) cosas que guardan coherencia con el entorno por el que debe transitar el país pero, en general, la propuesta que actualmente se debate, es confusa, enredada y se presta para generar más desconfianza en el mundo empresarial y en aquellas empresas que desean invertir en el Ecuador.

    La ley que se debate carece de cambios en el concepto y reitera de manera absurda y abusiva, la filosofía de un gobierno que solo busca pasar “raspando la olla” para cumplir con sus obligaciones mensuales. Basta decir que con esta ley se estarían recabando apenas 600 millones de dólares en el transcurso del próximo año. Sin embargo, nada se dice de lo que el Estado dejaría de percibir por aquellas inversiones y proyectos que no se llegarán a ejecutar por la falta de un sistema tributario coherente, de largo plazo que brinde garantías al inversionista.

    opinion columnistas editorial
    Ilustración: LÍDERES
  • 20 datos que debe saber sobre la Ley de Eficiencia Energética

    Mayra Pacheco

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    La Ley de Eficiencia Energética, vigente desde el 19 de marzo del 2019, tiene por objeto promover el uso eficiente, racional y sostenible de la energía. Con esto se busca lograr aumentar la productividad en este sector, fomentar la competitividad de la economía nacional, construir una cultura de sustentabilidad ambiental, mitigar el cambio climático y otros.

    A continuación, les presentamos 20 datos que plantea esta normativa:

    1. Se declara de interés nacional y como política de Estado el uso eficiente, racional y sostenible de la energía en todas sus formas.

    2. Esta Ley debe ser cumplida por los sectores que suministran energía primaria y secundaria, por los consumidores de energía (público, industrial, comercial, transporte, residencial y otros) y por los órganos rectores y reguladores.

    3. Se conforma el Comité Nacional de Eficiencia Energética. Estará integrado por los ministros del ente rector en materia de eficiencia energética, Industria y Productividad, Transporte, Vivienda, Ambiente, Economía y Finanzas, el presidente de la Asociación de Municipalidades Ecuatorianas (AME). Además, de un delegado de las cámaras de Producción y Comercio, y un delegado que represente a la academia.

    4. Entre otros el Comité Nacional de Eficiencia Energética deberá elaborar propuestas de políticas, programas, proyectos en materia de eficiencia energética.

    5. El Ministerio rector en materia de eficiencia energética elaborará el Plan Nacional de Eficiencia Energética. Este tendrá un horizonte de 10 años y se actualizará cada dos años.

    6. El cumplimiento del Plan Nacional de Eficiencia Energética será obligatorio para el sector público e indicativo para el privado.

    7. El transporte y la construcción son parte de los ejes y líneas de acción que se incluirán en el Plan Nacional de Eficiencia Energética.

    8. Los Gobiernos Autónomos Descentralizados implementarán las acciones y medidas necesarias para que en el campo de sus competencias se cumpla con las normas, reglamentos y disposiciones relacionados con eficiencia energética.

    9. El Ministerio rector en construcción y vivienda, el INEN y los municipios emitirán políticas y normas para que en las edificaciones destinadas al uso industrial, comercial, recreativo, residencial y equipamientos se aplique el principio de eficiencia energética. Su cumplimiento será obligatorio.

    10. En las edificaciones nuevas o aquellas que sean remodeladas, ampliadas o rehabilitadas se evaluará el cumplimiento de las disposiciones y se calificará el consumo energético. Los constructores deberán informar a los compradores sobre esta calificación energética y explicarán los que beneficios que tendrán en el consumo de energía.

    11. Para comercializar cualquier tipo vehículo nuevo se debe incluir una etiqueta de eficiencia energética. En esta se mostrará al cliente sobre los limites de niveles de consumo y emisiones, que debe cumplir cada automotor.

    12. El Gobierno Nacional a través de los ministerios competentes crearán un plan de chatarrización para los vehículos de trabajo de personas naturales y del transporte público que salgan de servicio y se remplacen por eléctricos.

    13. A partir del 2025 todos los vehículos que se incorporen al servicio de transporte público urbano e interparroquial deberán ser eléctricos.

    14. El Ministerio a cargo de hidrocarburos planteará las acciones para garantizar la calidad de los combustibles para que se cumpla con la mejora progresiva de la eficiencia, niveles de consumo y emisiones de los vehículos. También promoverá la producción y el consumo de los biocombustibles.

    15. Los consumidores de los sectores públicos, industrial, comercial, turístico y recreativo serán categorizados, por sector y actividad, de la siguiente forma:Grandes consumidores de energía Medianos consumidores de energía, Pequeños consumidores de energía

    16. Los consumidores de los diferentes sectores deberán procurar la implementación de acciones de eficiencia energética, mediante la adquisición de nuevas tecnologías, concientización, optimización del uso de energía y otros. Esto traerá beneficios o incentivos, como certificados de ahorro.

    17. Los proyectos de eficiencia energética contarán con condiciones de financiamiento preferentes.

    18. El transporte eléctrico particular y público, en lo que fuese aplicable, gozará de tarifas diferenciadas preferenciales, en un período determinado.

    19. Los Gobiernos Autónomos Descentralizados establecerán incentivos que fomenten el uso de la movilidad eléctrica.

    20. El servicio de carga de vehículos eléctricos podrá ser ofrecido por personas naturales o jurídicas habilitadas mediante las firmas de un contrato. El costo será fijado por el proveedor del servicio limitado a un valor máximo establecido por la Arconel.

    Central Hidroeléctrica Minas San Francisco. Foto: Archivo / LÍDERES
    Central Hidroeléctrica Minas San Francisco. Foto: Archivo / LÍDERES
  • Andrés Zurita: La ley masificará el emprendimiento

    Pedro Maldonado

    Editor del Semanario LÍDERES

    Andrés Zurita, director ejecutivo de la Alianza para el Emprendimiento y la Innovación (AEI) destaca el proyecto de ley de emprendimiento presentado. Dice que uno de los puntos claves será generar incentivos y cree que el efecto mayor será la en generación de empleo.

    La propuesta de una ley de emprendimiento es una aspiración que tiene al menos cinco años en el país y ahora dos asambleístas acaban de presentar un proyecto de ley. ¿Qué se puede esperar?

    En el 2014 ya se presentó una iniciativa en la Asamblea. La AEI es un ente técnico que mira el tema con la visión de generar un país innovador y emprendedor, y con esa visión creemos que es importante el proyecto presentado. En este tiempo han pasado muchas cosas en el ecosistema: aparecieron fondos de inversión, hubo más espacios para emprendedores en las perchas, se crearon clubes de ángeles inversionistas, se redujo la brecha o la distancia entre empresarios y emprendedores. Ahora esperamos que la ley acelere lo que está pasando en el ecosistema.

    ¿El emprendimiento va a empezar a caminar o ya va a correr en el país?

    Si comparamos con otros países el desarrollo de nuestra industria de capital de riesgo no ha estado mal, además han llegado aceleradoras como Endeavor. Están pasando cosas y la ley va a permitir que más actores se involucren en el ecosistema. Ahora están involucrados los convencidos y los que han encontrado valor en apoyar a emprendedores. Pero con un marco jurídico que permita que esto funcione, la actividad se puede masificar y empresarios que no veían beneficios, ahora con la ley van a tener confianza. Es muy bueno lo que está pasando y que se aborden estos temas.

    ¿Cuáles son los puntos más valiosos que tiene el proyecto de ley presentado?

    Está el tema del funcionamiento de ‘crowdfunding’ como fuente de financiamiento para el emprendedor. Está la creación de compañías de manera más rápida. Hay temas que necesitan asesoría técnica como en definiciones de capital. El documento tendrá aporte de asambleístas y empresarios; hay que hacer el esfuerzo para tener la mejor ley de emprendimiento que se pueda tener. Entendemos que la Comisión de Desarrollo Económico que maneja el proyecto no puede presentar incentivos, pero creemos que estos vendrán desde la Ley de fomento productivo 2. Es bueno que se haya presentado el proyecto de ley.

    ¿Qué tiene que pasar para que el proyecto de ley vaya tomando impulso?

    Aquí viene el liderazgo del Ejecutivo porque la difusión está en manos de la Comisión. Algo que no existe en esa ley son los incentivos. El Legislativo no puede proponer los incentivos, el único que lo puede hacer es el Ejecutivo. Estos incentivos deben motivar a innovar e invertir. Nosotros apoyaremos desde lo técnico todo lo que necesite el Ejecutivo para complementar la ley. Queremos que Ecuador sea un ecosistema atractivo; para eso competimos contra el mundo y hay que ver qué pasa en otros países.

    ¿Qué tipos de incentivos se requieren?

    Para que nazcan incubadoras necesitamos incentivos para que las empresas privadas quieran involucrarse. El cierre de empresas requiere un tratamiento especial. En financiamiento hay puntos importantes. Si bien la ley de Fomento Productivo 1 establece que ya no hay la responsabilidad ilimitada o que el impuesto a la ganancia de capital se redujo, pero los modelos sobre los cuales se constituyen los fondos de inversión todavía no son competitivos con Colombia, por ejemplo. Por eso necesitamos un instrumento financiero fiduciario. Necesitamos incentivos para capital semilla o aporte de los privados para emprendedores. En exportación se requieren incentivos para que actores del ecosistema ayuden a emprendedores a llegar afuera. Igual se necesita apoyo para el desarrollo de proveedores. Que un porcentaje de los fondos de pensión vayan a capital de riesgo, como pasa en Colombia. También es importante que el tema sea permanente y allí es cuando aparece el Consejo de Emprendimiento e Innovación, es decir un espacio que permita que todo el gobierno hable de emprendimiento.

    ¿En quién recae ahora la mayor responsabilidad para que el proyecto de ley de emprendimiento avance?

    Hay dos liderazgos que tienen que darse. El primero es el liderazgo de la Comisión y de los proponentes. Ese liderazgo implica que el tema llegue a un final rápido. El segundo liderazgo es el de escuchar y perfeccionar la propuesta, para que se la maneje técnicamente y para eso la AEI está abierta para ayudar en lo que se requiera.

    ¿La ley permitirá consolidar el triángulo empresa privada-sector público-academia?

    Con la ley se desarrollará más el mercado de capitales, pero el punto central será el empleo. Gente talentosa va a poder arrancar con sus proyectos y ellos generarán empleo. Sabemos que 9 de cada 10 ideas no arrancan porque hay temor al riesgo, por trámites de cierre de compañías, etc. Ahora hay un embudo de emprendedores que se quedan en la informalidad o que quiebran. Con un marco regulatorio se generará empleo y según estudios podríamos tener un 35% de gente con un ingreso superior al mínimo establecido y ellos van a contratar gente. Si todo funciona, si se dan los incentivos, van a caer los índices de empleo no adecuado. Con leyes los emprendedores querrán crecer, querrán exportar. Esperamos que esto sea una ley de empleo y que la economía empiece a moverse.

    ¿Un emprendedor puede estar en la categoría de empleo informal?

    ¿Por qué la gente se queda en la informalidad? Porque si me toca constituir la empresa y reportar a una superintendencia es más trabajo. En el embudo al que me refiero existe un grupo de emprendedores que se quedan como informales por miedo a crecer o por miedo a los trámites. Un marco regulatorio adecuado hace que eso se reduzca dramáticamente. Si el sistema funciona el emprendedor tendrá incentivos para ser parte de los negocios formales. Así la gente pasará a la formalidad, registrará a sus empleados en la seguridad social, se pagará mejor y eso abre un círculo virtuoso. Esto no es un supuesto, sino que ya pasó en países como Colombia o Chile. Una ley ayuda mucho en ese sentido. No olvidemos que sin una ley alguien con talento se puede llevar su idea a otro país en donde sí se cuenta con un marco regulatorio.

    ¿Entonces la ley propuesta posicionará a Ecuador en materia de emprendimiento regional?

    Sí. Al revisar lo que ha pasado hemos visto que solo con gestión comienzan a llegar fondos internacionales. Ejemplos hay algunos en el 2018. Con una estructura e incentivos el ecosistema crecerá, naturalmente habrá un efecto exponencial en emprendimiento .

    ¿Daremos el salto del que siempre se habla?

    Cada vez tendremos más emprendedores por oportunidad, que por necesidad. Se emprenderá mejor, llegarán más fondos. La ley permitirá involucrar a gente que no hacía nada relacionado al emprendimiento.

    Hoja de vida


    Formación. 
    Es ingeniero comercial en Marketing; Marketing, Estadística, graduado en la Pontificia Universidad Católica del Ecuador.

    Experiencia.
     Está vinculado desde el 2011 con entidades públicas y privadas que trabajan en el fomento del emprendimiento. En la actualidad es el director ejecutivo de la Alianza para el Emprendimiento y la Innovación (AEI), un organismo que reúne a empresas privadas, empresas públicas y la academia.

    Fortalezas. Emprendimiento, negocios web, sistemas de información, simuladores de negocios y bancos, capacitación y formación.

    Andrés Zurita El director ejecutivo de la Alianza para el Emprendimiento y la Innovación (AEI) . Fotos: Julio Estrella / LÍDERES
    Andrés Zurita El director ejecutivo de la Alianza para el Emprendimiento y la Innovación (AEI) . Fotos: Julio Estrella / LÍDERES
  • Andrés Briones: ‘Nueva ley hará cambios para las contrataciones’

    Evelyn Tapia (I) redaccion@revistalideres.ec

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    Entrevista a Andrés Briones, representante gremial en Guayaquil. Es secretario del Gabinete económico y productivo desde hace tres meses.

    El Gobierno anunció una nueva Ley de Fomento Productivo. ¿Por qué lanzar un nuevo cuerpo legal si apenas se presentó el reglamento para implementar la primera Ley de Fomento? ¿La primera ley fue vista como tibia?

    Avanzamos bastante en la Ley de Fomento, pero hay otros temas que tienen que ver con la parte productiva que deben establecerse y mejorarse en cuanto a aplicabilidad y condiciones. Ejemplo, para los emprendedores no hay una ley que los ayude. Pensamos en generar un tratamiento desde lo regulatorio, desde lo público, con incentivos que vamos a dar a los emprendedores. Es importante generar estos instrumentos, porque hay un alto porcentaje de quiebra de emprendimientos: en tres años, el 90% de negocios de este tipo desaparecen.

    ¿Qué reformas se necesitan para que esta realidad en el sector emprendedor cambie?

    El sistema de contratación. Debe haber un sistema simplificado en materia de tributación, más facilidad para otorgar crédito, capacitación y formación para los emprendedores.

    ¿Incluirán en la ley formas de contratos más flexibles?

    No diría flexibilización, no es una palabra en la línea de este Gobierno, porque es sinónimo de precarización, pero sí queremos dotar de nuevas herramientas de contratación, que se ajusten a la realidad, sin descuidar que el trabajador tenga todas las prestaciones y beneficios.

    ¿Es muy rígida la legislación laboral en el país? ¿Qué se necesita innovar para ayudar a los negocios pequeños?

    En las condiciones actuales, contratar a una persona en este segmento es costoso y eso establece deficiencias. Los problemas de liquidez pueden transformarse en una quiebra para el emprendedor. En la nueva ley estamos generando esquemas para que pueda en un año extender el período de prueba, que no se sienta atado en el esquema de contratación para sumar más personas; que no tenga que trabajar bajo un mecanismo de contratación indefinida después de un período de prueba, sino más bien establecer un régimen acorde a su realidad.

    ¿Qué otros temas piensan incluir en esta nueva ley?

    Se está reformando la Ley de Quiebras, la Ley de Acuacultura y Pesca, la Ley de Mercado de Valores, además, temas de garantías en banca pública.

    En la ley anterior ya se presentaron incentivos para impulsar el mercado de valores. ¿Qué hizo falta?

    Queremos dinamizar como fuente de financiamiento el mercado de valores, que la pequeña empresa, los emprendedores tecnológicos puedan de manera rápida colocar sus acciones en bolsa.

    ¿Qué se busca modificar en la Ley de Quiebras?

    Queremos mejorar los tiempos, las cuantías, los documentos requeridos y las facilidades para cerrar una compañía. Hoy es muy complicado y estamos simplificando y reduciendo tiempos para que sea más fácil terminar una relación en términos de sociedades constituidas.

    El Consejo además trabaja en el proceso para que Ecuador forme parte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). ¿Qué se ha avanzado?

    Se estableció un comité interministerial y se han dado los primeros pasos. La OCDE recomienda un estudio multidimensional para hacer una evaluación del estado de las políticas públicas del país y ya tenemos financiamiento a través de la CAF para hacerlo. Una comisión de la entidad vendrá al país a hacer el diagnóstico.

    Hoja de vida

    Formación.  Es ingeniero en Administración en Ciencias Políticas por la Universidad Casa Grande. Tiene una maestría en Comercio Exterior por la Universidad Carlos III de Madrid.
    Experiencia.  Fue presidente de la Asociación de Jóvenes Empresarios en Guayaquil.

    Entrevista a Andrés Briones. Foto: Patricio Terán / LÍDERES
    Entrevista a Andrés Briones. Foto: Patricio Terán / LÍDERES
  • La ley ampara a personas con discapacidades

    Redacción Líderes

    El 3 de diciembre fue declarado el Día Internacional de las Personas con Discapacidad por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en 1992. El fin es promover los derechos y el bienes­­tar de las personas con discapacidades en todos los ámbitos de la sociedad y el desarrollo, así como concienciar sobre su situación en los aspectos de la vida política, social, económica y cultural.

    “El Estado ecuatoriano garantiza la inclusión al trabajo de las personas con discapacidad en todas sus modalidades, como son empleo ordinario, empleo protegido o autoempleo, tanto en el sector público como en el privado. Dentro de este último, rige para las empresas nacionales y extranjeras, así como en otras modalidades de producción a escala urbana o rural”, explica el abogado Galo Vasco Yépez.

    El Ministerio de Trabajo dispone a la Unidad de Discapacidades realizar las inspecciones en las empresas públicas y privadas para hacer cumplir las disposiciones constitucionales y legales que se encuentran en el Código del Trabajo. Los directores, subdirectores e inspectores de Trabajo sancionarán en caso de incumplimiento de las normas.

    De estas acciones se informará anualmente a la Asamblea Nacional. De existir incumplimiento en uno de los derechos laborales de una persona con discapacidad, de conformidad con la Ley Orgánica de Discapacidades, se debe presentar un procedimiento administrativo. “Esto, porque se ha violado medidas de protección que se encuentran establecidas en el artículo 48 de la Constitución y otras leyes. Este procedimiento debe cumplir con el artículo 114 de la mencionada Ley, luego se califica el reclamo, se dispone la comparecencia del afectado, se realiza una audiencia y se dicta la resolución, de la que puede proponerse el recurso de reposición”, añade Vasco.

    Beneficios tributarios

    En el 2017, el presidente de la República, Lenín Moreno, emitió el Decreto Ejecutivo 194, con el cual bajó el porcentaje de discapacidad del 40% al 30%, para que más personas puedan obtener beneficios tributarios. Desde el aspecto tributario existe la protección jurídica que se otorga a las personas que tienen algún tipo de discapacidad. “Entre los principales beneficios se encuentran la exoneración del impuesto a la renta, la devolución del IVA, la rebaja especial para el cálculo del impuesto a la propiedad de vehículos motorizados, la exoneración al impuesto a las herencias y legado para los discapacitados”, comenta Giovanny Criollo Mayorga, abogado que trabaja en el tema.

    Según explica Tatiana Rosero, secretaria técnica del Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidad, en lo que tiene que ver con la importación de bienes y vehículos, en el 2018 se han generado algunos mecanismos para trabajar en la simplificación del trámite de importación. “Una persona con discapacidad debe gozar del derecho de tener un bien, como una ayuda técnica o educativa, además de un computador específico, en caso de discapacidad visual o auditiva o el hecho de poseer un auto que le permita trasladarse”.

    De acuerdo con el doctor en Jurisprudencia Luis Miguel Muñoz Pérez, de Muñoz y Montalvo abogados, “en el caso de los beneficios tributarios para la adquisición de vehículos, una persona con discapacidad puede importar automotores personales de hasta 60 salarios básicos unificados (SBU) (USD 23 160, con el precio de fábrica) y vehículos de uso colectivo de hasta 120 SBU (46 320 USD, precio de fábrica).

    Se aplicará de manera proporcional la deducción de impuestos al IVA e ICE, de acuerdo al grado de discapacidad del beneficiario o de la persona a quien sustituye.